A- de 2024
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Vladimir Fernández Andrade
✓Claimant Primax Colombia Sa·Respondent Agencia Logistica De Las Fuerzas Militares
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Controversias sobre restitución de bienes inmuebles por parte de un particular
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado 5 Civil Municipal de Bogotá D.C. y el Juzgado 12 Administrativo del Circuito de Cartagena, ocasionado por una demanda iniciada por la sociedad Primax Colombia S.A., contra la Agencia Logística de las Fuerzas Militares, a través de la cual pretende que se ordene a la demandada que reciba dos lotes ubicados en el barrio Bocagrande, sector El Limbo, de la ciudad de Cartagena (Bolívar), conforme lo ordenado en la Sentencia proferida por el Tribunal Administrativo de Bolívar en el proceso de controversias contractuales, mediante la cual se ordenó la restitución de tales inmuebles.
Cumplidos los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena advierte que el contrato de arrendamiento entre las partes que motivó la tenencia de los inmuebles se reputa inexistente por ser nulo, conforme lo resuelto en la Sentencia proferida por el Tribunal Administrativo de Bolívar en el proceso de controversias contractuales aludido.
La Sala considera que el caso debe ser decidido de modo similar al asunto tratado en el Auto 1114 de 2021, teniendo en cuenta, que, aunque aquí se estudia una restitución de tenencia, son aplicables las reglas de procedimiento que regulan la restitución de inmueble arrendado, por habilitación expresa del artículo 385 del CGP.
La Sala resuelve con la regla según la cual, cuando un particular presente una demanda contra una entidad pública con el objeto de restituir la tenencia de un bien de propiedad de esa entidad, sin que se advierta la existencia de un contrato estatal y sin que se constate el cumplimiento de una función administrativa, el asunto deberá ser asumido por la Jurisdicción Ordinaria, en su especialidad civil, en aplicación de la regla general o residual de competencia prevista a su favor en el artículo 15 del CGP.
En consecuencia, la Corte dispone el envío del expediente al Juzgado 5 Civil Municipal de Bogotá D.C. para lo de su competencia.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
- Primero. DIRIMIR el conflicto negativo de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado 5 Civil Municipal de Bogotá D.C. y el Juzgado 12 Administrativo del Circuito de Cartagena, en el sentido de DECLARAR que el conocimiento de la demanda promovida por PRIMAX COLOMBIA S.A., le corresponde tramitarla al Juzgado 5 Civil Municipal de Bogotá D.C.
- Segundo. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-5661 al Juzgado 5 Civil Municipal de Bogotá D.C. para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al Juzgado 12 Administrativo del Circuito de Cartagena.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
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